Conductas extrañas para la detección del TEA

Descripción de conductas que nos pueden hacer detectar el Trastorno del Espectro Autista.

Estimulación del contacto ocular en los niños con TEA

Muchos niños con TEA establecen escaso contacto ocular, como era el caso de nuestra hija, y a continuación, os expongo las técnicas que funcionaron con nuestra hija

Cómo enseñar a señalar a un niño con TEA

Os explicamos el procedimiento con el que conseguimos que nuestra hija que tiene TEA empezase a señalar con la edad de 22 meses.

Material para trabajar las formas y colores (TEA)

material elaborado por LaBiblioTEA para trabajar las formas y los colores en los niños con Trastorno del Espectro Autista

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miércoles, 4 de abril de 2012

CARACTERÍSTICAS COMUNES DE LOS TRASTORNOS DEL ESPECTRO AUTISTA (TEA)

Aquí os dejamos algo básico y fundamental para una detección temprana.

Característica comunes del Espectro Autista



Características sociales comunicación
• Exhibe muy poco contacto con la vista.
• Es posible que no pueda diferenciar entre un desconocido y las personas que ve todos los días, o que no demuestre nerviosismo ante los desconocidos.
• Es posible que posea una gama limitada de emociones: conducta inapropiada.
• No suele iniciar/continuar el juego con los demás ni unirse a un grupo.
• Es posible que no entienda las claves o señales sociales.
• Es posible que se ría o grite de una manera inapropiada.
• Es posible que no entienda la manera en que los demás expresan/sienten los estados de ánimo.
• Es posible que se le dificulte relacionarse con los demás --falta de juego imaginativo.
• Es posible que tenga temores extraños o falta de temor en situaciones de verdadero peligro.
• Es posible que demuestre sus emociones de una manera inapropiada.
• Es posible que se le dificulte la reciprocidad emocional y social.

Características de interacción social:
• No responde a su nombre o parece que no oye.
• Puede parecer que no hace caso cuando alguien le habla.
• Es posible que no balbucee.
• El lenguaje puede estar demorado.
• Puede tener ecolalia, bien sea repitiendo inmediatamente o más tarde las palabras o frases que escucha.
Decía algunas cuantas palabras pero ahora no.
• A menudo se le dificulta imitar o usar ademanes y expresiones faciales apropiadas para comunicarse.
• Es posible que se le dificulte iniciar la interacción con los demás.
• Puede parecer que no le interesa comunicarse con los demás.
• Es posible que no imite o que no demuestre destrezas de juego funcional y de imitación.
No señala ni dice adiós con  la mano.

Características de conducta:
 • Es posible que no le guste que lo carguen o que se ponga rígido cuando lo cargan.
• Exhibe movimientos repetitivos como sacudir la mano o el dedo o mecerse.
• Puede ser extremadamente sensible a algunos estímulos auditivos.
• Es posible que no responda a algunos estímulos auditivos.
• Puede exhibir uso estereotipado y repetitivo del lenguaje o lenguaje idiosincrásico.
• Puede perseverar en ciertas actividades.
• Puede demostrar preocupación persistente con ciertas partes de objetos.
• Puede resistir cambios en la rutina; insistencia poco razonable en seguir la rutina.
• Es posible que no sienta miedo ante un peligro real.
• Puede explorar el medio ambiente por métodos impropios, como lamer, oler, tocar.
• Evita mirar a otras personas.
• Evita el contacto con otras personas, prefiriendo tocar objetos.

Características de aprendizaje: 
• Su rendimiento será irregular en las áreas de destreza, en las cuales a veces demostrará ser excepcional en algunas de ellas.
• Resiste los cambios en el entorno de aprendizaje.
• Se le dificulta esperar o usar tiempo no estructurado.
• Es posible que generalice sus destrezas a otros entornos.
• Tiene problemas con el pensamiento abstracto y conceptual; requiere interacciones concretas.
• Usa e interpreta el lenguaje literalmente; usualmente no lee las expresiones faciales ni el lenguaje del cuerpo, así como ninguna otra pista social.
• Puede ser impulsivo o compulsivo o perseverar en ciertas actividades; su conducta es imprevisible.
• Los estímulos auditivos o visuales pueden distraerlo.
• Le cuestan trabajo las destrezas de organización, la planificación y la toma de decisiones.
• Depende de las rutinas aprendidas, de las señales y de otros patrones aprendidos

BATA, Asociación Tratamiento del Autismo (Pontevedra)

Buenos días hoy seguimos ampliando el listado de Asociaciones de Autismo. Queremos presentaros a BATA, Asociación Tratamiento del Autismo de Pontevedra.

¿QUÉ ES BATA?
Somos una organización sin ánimo de lucro que desarrolla servicios y programas orientados a las personas con T.E.A. (trastornos del espectro autista) y sus familias, desde el compromiso por la mejora continua y la calidad total.

Nuestra misión es “ofrecer servicios y apoyos para mejorar la calidad de vida de las personas con T.E.A. y sus familias”, desde una visión “centrada en la persona” y a través de acciones que promuevan, entre otras:

  • La inclusión sociolaboral de los clientes.
  • El desarrollo de programas individualizados basados en capacidades.
  • La participación de las familias en el desarrollo de los objetivos de los clientes.
  • La formación y el desarrollo profesional de los trabajadores.
  • El trabajo en equipo a través de la comunicación y coordinación entre los profesionales de la asociación.


La Asociación BATA está inscrita en el Registro de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales de la Xunta de Galicia con el número E-0219 y declarada de UTILIDAD PUBLICA (B.O.E. 8-01-1999). Asimismo, nuestra organización ha obtenido el certificado UNE EN ISO 9001 en la Gestión de Calidad de sus programas y servicios.

La asociación BATA esta integrada en las siguientes organizaciones:

  • CONFEDERACIÓN AUTISMO ESPAÑA
  • FADEMGA
  • G-PRODIS
  • MOVIMIENTO FEAPS
  • AESE


Bata es una organización basada en valores y con un compromiso ético hacia las personas con T.E.A. y sus familias, que se concreta en los siguientes principios:

-  TRABAJO EN EQUIPO Participación de todos (familias, profesionales, clientes) para llegar a una visión común a través de la cooperación y colaboración, compartiendo responsabilidades y recursos
-  RESPETO Tener en cuenta la identidad de todos (familias, profesionales, clientes) promoviendo la libertad de expresión y la defensa de los derechos individuales en igualdad de condiciones.
-  PROFESIONALIDAD Desempeñar una actividad basada en el conocimiento, la experiencia, la innovación y la formación continua, con una actitud abierta, responsable y comprometida.
-  COMPROMISO Buscar el bienestar de nuestros clientes ofreciendo servicios y programas orientados a la mejora de la calidad de vida.
-  ENTUSIASMO Hacer extensible a todo el ánimo y la dedicación que desempeñamos en nuestra labor diaria, con el objetivo de lograr un buen clima de trabajo.
-  IGUALDAD Reconocimiento y defensa de los derechos jurídicos y sociales de nuestros clientes, garantizando el cumplimiento de los mismos.
-  TRANSPARENCIA Compromiso de llevar a cabo todas las iniciativas necesarias para garantizar el acceso a la información honesta, clara y coherente, por parte de clientes y profesionales.
-  SUPERACIÓN Afrontar con dinamismo la mejora continua de los profesionales y los servicios y la atención a los clientes.
-  SOLIDARIDAD Colocarse "en el lugar del otro" (clientes, compañeros,...) haciendo de sus necesidades e intereses el objetivo de nuestras acciones.
-  INTEGRACIÓN Compromiso de llevar a cabo las acciones necesarias para proporcionar a los clientes oportunidades sociales en igualdad de condiciones al resto de las personas.
-  HUMILDAD Reconocer nuestras limitaciones y debilidades, aprender de los demás y estar dispuestos a dar y recibir.
-  IMAGINACION Soñar para crear nuevas ideas, nuevos proyectos, cosas reales o ideales. No conformarse nunca.



martes, 3 de abril de 2012

Diseñan la primera vivienda que da independencia a personas con Autismo

Buenos días os dejamos esta curiosa noticia publicada en el Diario el Mundo. Todavía no entiendo muy bien en  que puede consistir la iniciativa pero por lo menos es una iniciativa.

Diseñan la primera vivienda que da independencia a personas con Autismo



La domótica pisa con fuerza y con la intención de instalarse definitivamente en nuestros hogares. El término 'vivienda inteligente' ya no supone sólo bajar persianas o controlar el consumo eléctrico. Las nuevas tecnologías dan un paso más y, esta vez, se ponen del lado de las personas con trastornos del espectro autista, conocido como TEA.

Erandio, un municipio bilbaíno, -con motivo del Día Mundial del Autismo que se celebra hoy, 2 de abril- será el primero en desarrollar una vivienda para ayudar a que personas con este trastorno puedan vivir con cierta autonomía.

El piso, diseñado exclusivamente para autistas, consta de tres habitaciones equipado con diferentes sistemas informáticos donde convivirán tres personas con TEA -alteración en la interacción social reciproca, la comunicación y comportamientos limitados y repetitivos- sin necesidad de contar con asistencia las 24 horas del día.
Este sistema se crea para darles cierta independencia pero siempre con nuestro apoyo y supervisión", afirma Sonia Valladolid desde APNABI, la Asociación de Padres afectados de Autismo de Vizcaya. "Son personas con problemas, pero que pueden convivir en sociedad", añade. Para que este proyecto pueda llevarse a cabo con éxito es necesario que ellos quieran ser partícipes de ello.

Tareas programadas, videoconferencia y detector del sueño

Esta experiencia piloto se ayuda de las 'tablets' (agendas) como cimiento base. "Tienen una serie de tareas diarias secuenciadas en esta herramienta y son ellos mismos los que van marcando lo que van haciendo", explica Sonia. Al tiempo que ellos interactúan con la 'tablet', el monitor recibe un mensaje. "Favorecen su autonomía porque no tienen a una persona todo el tiempo preguntando ¿has hecho esto?".

El monitor les acompaña durante el día en sus tareas diarias tales como el transporte o la compra. Por la noche, cuando el monitor ya se ha ido, tienen la posibilidad de contactar con él si sufren alguna crisis a través de la videoconferencia. "Verle en la pantalla les tranquiliza más que una llamada telefónica", cuenta Valladolid.

Además, cuentan con sistemas más concretos como la huella digital, que les permite entrar y salir de la vivienda sin la necesidad de tener llaves. Esa información proporciona los datos de entrada y salida a sus supervisores.

Aunque sin duda, la más novedosa es la que determina la dificultad del sueño. También pueden sufrir problemas en el descanso diario. Para combatir esto, se instalan unos dispositivos que miden e informan del tiempo que la persona está acostada en la cama descansando adecuadamente.

"Al ser un proyecto piloto, aún no se puede estimar su coste", confirma Susana, "aunque no es exagerado". La ventaja es que no se instalan sistemas demasiado complejos ya que todo se mide a través de las 'tablets'. En el caso del detector de huellas, "la instalación y el mantenimiento suponen alrededor de 2.000 euros al año".

Esta experiencia, pionera en España, pretende convertirse en referente mundial. Servirá para analizar el impacto de la domótica y las nuevas tecnologías en la atención a personas con TEA y estudiar su replicabilidad a otras situaciones.

lunes, 2 de abril de 2012

Valencia prepara sus playas para las personas con autismo

Buenos días os dejamos esta buena noticia que hemos leído en El Periodic.




El Ayuntamiento de Valencia va a incrementar los servicios para que las personas con autismo puedan desenvolverse, deambular, localizar y comunicarse en las playas de la ciudad. Así lo ha anunciado hoy la Concejala Delegada de Playas, Lourdes Bernal, quien tras recordar que La Malvarrosa y la de El Cabanyal ya disponen de la certificación NORMA UNE 170001 de accesibilidad universal y cumplen los requisitos DALCO (Deambulación, aprehensión, localización, comunicación) para la consecución de un entorno normalizado, ha manifestado su “deseo de convertir estos espacios naturales en centros sociales multidiscilplinares de ocio, cultura y deportes”.

La Concejala ha explicado que la Delegación de playas trabaja “para que todos los grupos de población y para que todas las personas de todas las capacidades puedan disfrutar de las playas valencianas y las hagan suyas”.

Con el fin de mejorar los servicios que ofrecen las playas de Valencia, en sus apartados de comunicación y socialización, la Delegación de Playas va a aumentar la información específica en los carteles de la biblioteca Bibliomar y en los puntos accesibles de las postas sanitarias. Además, los trabajadores municipales, así como los responsables de Cruz Roja, recibirán cursos de formación para poder dar respuesta al requerimiento de asistencia o información de una persona con autismo; “todo ello sin olvidar que se van a adquirir libros y juegos adaptados para su uso en la biblioteca Bibliomar de la playa”.

El objetivo de este proyecto “una playa para todos. El sentir del sol” va dirigido a los usuarios de las playas en general, y además, sirve para que el Ayuntamiento de Valencia se solidarice con la Fundación Psicotrade que el próximo 2 de abril celebra la neurodiversdidad en el Día Mundial del Autismo.

La Delegación de Playas del Ayuntamiento de Valencia, en colaboración con la Fundació La Caixa, también ha programado para los próximos meses una serie de actividades que van a ofrecer al mayor número de grupos sociales y de población, una serie de jornadas dirigidas a “disfrutar la playa como objetivo principal”.

Hoy las playas acogen unos partidos de voley-playa para personas con síndrome de Down, y en breve se realizarán, entre otras actividades, unos paseos saludables, con charlas incluidas sobre los beneficios del ejercicio para la salud.

viernes, 30 de marzo de 2012

Material para trabajar las emociones en niños con Trastorno del Espectro Autista



Buenos días, os dejamos material didáctico elaborado por La BiblioTEA para trabajar las emociones con los niños/as con Trastorno del Espectro Autista. Como siempre lo tenemos en formato PDF y DOC y si queréis alguna modificación os ponéis en contacto con La BiblioTEA  y haremos las modificaciones que os interese.

Si os fijáis, en todos los materiales hay un punto fuerte de trabajo, en este caso las emociones, pero seguimos trabajando otros aspectos como colores, números y formas.


Una muestra:



Esperamos que os sea de utilidad.

Más materiales para el Trastorno del Espectro Autista

jueves, 29 de marzo de 2012

Deletrea Psicología y Lenguaje, Juan Martos



Hoy queremos recomendaros Deletrea. Centro de Psicología y Lenguaje, dirigido por Juan Martos.

Equipo Deletrea:

Juan Martos Pérez

Director del Equipo Deletrea, Psicólogo por la UAM y Asesor técnico del Centro específico de Autismo Juan Martos

Raquel Ayuda Pascual
Psicóloga por la UAM

Sandra Freire
Pedagoga por la UCM

Ana González Navarro
Psicóloga por la UAM

María Llorente Comí
Psicóloga por la UAM

Y además somos...
Javier Álvarez de Barutell, Laura Astorquia González, Marta Bartolomé Ruano, Antonio del Monte Millán, Natalia Delgado Alameda, Isabel Gutiérrez Mora, Carmen Monsalve Clemente, Mar Olavarría Berenguer, Marisa Pacheco Varela, Alicia Rodríguez Palomeque, María José Román Fernández, María Sebastián White

Y claro,
Alicia Cabellos Cantarero


Servicios que ofrece Deletrea

• Cursos de formación
• Enseñanzas de habilidades sociales para personas con S.A
• Evaluación y diagnóstico
• Grupos de hermanos
• Asesoramiento y orientación a colegios
• Atención temprana domiciliaria
• Programa hanen
• Investigación
• Terapia clínica
• Empleo con apoyo

Localización

DELETREA, Centro de Psicología y Lenguaje:
Dr. Esquerdo, 82, esc. 2, bajo B, 28007 Madrid.
Telf: 91 573 33 26
Fax: 91 557 05 81
Metro: Sainz de Baranda y Conde Casal
Líneas de autobuses: 143, 56, 30 y 32

Esperamos que os sea de utilidad.

miércoles, 28 de marzo de 2012

RABIETAS Y CRISIS EN LUGARES PÚBLICOS

Buenos días. Queremos mostraros este interesante artículo de El Blog de Spicotrade. Esperamos que os sea de utilidad.

Rabietas en niños/as con Trastorno del Espectro Autista

Cada vez que vamos al supermercado Billy tiene una rabieta que se convierte rápidamente en una crisis. Me tengo que volver a casa y la gente miran y hace comentarios groseros. Yo siento que no puedo llevarlo a ningún lado.”

¿Por qué ocurre esto?
Hay dos razones principales:
Sobrecarga sensorial
Deseo de algo que el niño no puede tener

Cada escenario requiere un enfoque diferente.
Las crisis por una sobrecarga sensorial son muy comunes en lugares públicos, particularmente en los supermercados o algunas tiendas. Hay muchos estimulantes sensoriales en un supermercado u otro lugar público.
  • Luces fluorescentes y luces brillantes que pueden parpadear o hacer un zumbido muy molesto para las personas con autismo.
  • Las variaciones de temperatura con zonas frías cercanas a las heladeras o congeladores y templadas cerca de la panadería pueden ser irritantes.
  • Los olores. Los productos de pescado, carne, panadería y los pollos emiten olores que pueden ser incómodos para un niño o persona con autismo.
  • Olor a otras personas – otros compradores pueden usar perfume o el olor corporal.
  • Ruidos -grandes multitudes ruidosas, anuncios de altavoz, cajas registradoras, otros ruidos inesperados desconocidos y abrasivos, música de fondo.
  • El ruido del aire acondicionado.
  • La proximidad de las personas en los pasillos, chocando con la gente, haciendo cola para pagar los artículos.
  • Las personas con diferencias -a veces los niños con autismo pueden no entender a las personas con diferencias y puede querer hacer comentarios al respecto muy fuerte- ¿por qué ese hombre es gordo?, ¿Por qué esa señora tiene una sola pierna?, ¿por qué ese chico está en silla de ruedas? Ese bebé es muy raro, etc.

El padre o cuidador puede ya estar estresado, cansado y distraído y perder algunas de las claves de que el colapso es inminente. La sobrecarga sensorial se pueden acumular rápidamente y el niño entonces hace una conducta para escapar del medio ambiente. Esto generalmente se manifiestan como una especie de rabieta o conducta auto agresiva y con mamá o papá saliendo lo más rápido posible, un montón de miradas y sin haber hecho la compra.

Querer algo que el niño no puede tener
Cuando un niño con autismo quiere algo que no puede tener la rabieta resultante es una gran causa de sufrimiento para el niño y su familia. El tema se relaciona generalmente con interés obsesivo del niño, y por lo tanto la angustia de no conseguir el tema es muy grande y lo expresa en un volumen alto. La rabieta resultante puede hacer que el padre trate de salir de la tienda muy rápido, muy avergonzado y molesto con el niño y arrastrando las compras.

Consejos para evitar estas crisis:
  • Evitar algunos pasillos en particular -por ejemplo, el pasillo de los juguetes
  • Evitar ciertas tiendas es también una buena idea.
  • Ser firme con el niño y recompensar el buen comportamiento
  • Tener una distracción en la cartera, o utilizar un sistema de recompensas en el que el niño pueda escoger la opción que desee como una recompensa después de ganar los puntos suficientes
  • Manténgase firme. Los niños con autismo tienen que saber que no siempre pueden tener lo que quieren.


Preparación
La preparación es esencial para evitar problemas de conducta y ser capaz de responder adecuadamente a los que puedan surgir. La preparación del niño les ayuda a saber qué comportamiento se espera. Los niños con autismo no saben automáticamente cómo comportarse en situaciones particulares. Indique el comportamiento que desea antes de ir a la tienda. Esto se puede hacer verbalmente o con una historia social.

Distraer
Tenga algo en su cartera para que el niño juegue como una distracción. A veces a los niños con autismo de alto funcionamiento con autismo les gusta mirar la lista de compras o un mapa de la tienda y ayudar a localizar los objetos. Pesar, contar, sumar y medir son también buenos distractores.

Soportes físicos
Asegúrese de que el niño tenga algo que puede ayudar a enmascarar el ruido -un reproductor de música, tapones para los oídos, un sombrero o un buso con capucha. Los anteojos de sol pueden ser útiles si las luces fluorescentes son demasiado brillantes.


Otras ideas
  • Elija un momento en el que en la tienda haya menos gente -suena obvio, pero ir en un momento más tranquilo puede hacer mucha diferencia
  • Esté especialmente consciente del tiempo cerca de los días festivos, Navidad / Semana Santa cuando hay distracciones extra en la tienda y las cajas están muy ocupadas
  • Asegúrese de conocer la salida más rápida y segura de la tienda / centro comercial / restaurante / sala de cine, etc. Ser capaz de salir rápidamente puede ayudar en una situación de crisis
  • Las historias sociales y reportajes fotográficos sobre el supermercado pueden ayudar y pueden ser adaptadas a cada situación individual
  • Si todo esto falla y es totalmente imposible ir al supermercado con su hijo, restaurantes, etc. utilizar un tiempo de respiro para ir de compras mientras un cuidador se queda con su hijo


    Rabieta y crisis
    • Mantenga la calma. Este es el aspecto más difícil de manejar en una crisis. Su hijo lo necesita para estar tranquilo ahora más que nunca
    • Hable con voz firme y suave. Si el niño está sobrecargado una gran voz sólo servirá para aumentar la confusión. Una voz firme y suave puede proporcionar al niño algo en qué centrarse y comodidad
    • Use pocas palabras – hablar demasiado, no ayudará al niño, sólo lo sobrecargará más
    • Use el nombre del niño. Diga: “Basta. Ponete de pie. Tiempo de ir”
    • Llevarlo de la mano, o del brazo si es necesario y caminar con firmeza pero con calma, alejarse de donde está teniendo la crisis. Puede que tenga que salir del centro por completo.
    • Busque un espacio seguro -los niños necesitan un lugar fresco y oscuro o familiar para calmarse
    • Enfriamiento -asegúrese de que el niño no se haya sobre calentado o deshidratado, el sobrecalentamiento y la deshidratación pueden causar o exacerbar la situación
    • Ignore a los demás. Los miembros del público miran, hacen comentarios que en general son poco útiles. No haga caso. Puede usar tarjetas de toma de conciencia del autismo que digan: ”Por favor disculpe el comportamiento de mi hijo que él / ella tiene autismo”

        martes, 27 de marzo de 2012

        Enseñar a identificar formas y colores a un niño con Trastorno del Espectro Autista



        Buenas noches. A continuación os explicamos la manera que tenemos de enseñar las formas y los colores a nuestra pequeña.

        Nos sentamos en frente del niño en una mesa y colocamos un pictograma de un círculo sobre la mesa. A continuación, le decimos al niño : "toca el círculo" e inmediatamente guiamos su mano para que toque el círculo. Repetimos esta operación muchas veces, pero vamos eliminando progresivamente la guía física hasta que el niño sea capaz de hacerlo por sí mismo.  Cada vez que el niño toque el círculo, sea con nuestra ayuda (cuando no sea capaz a hacerlo sólo) o sin ella, debemos decirle : "¡muy bien, ese es el círculo!", darle un juguete que le guste mucho y dejarle jugar un minuto como premio. Luego retiramos el juguete y le volvemos a pedir que toque el círculo.

        Cuando el niño sea capaz de identificar el círculo por sí mismo será el momento de usar una forma distinta, por ejemplo el triángulo, y hacer el mismo ejercicio que realizamos anteriormente con el círculo. Cuando el niño discrimine el triángulo sin ayuda, el siguiente paso será hacer el ejercicio con el círculo y el triángulo a la vez. Ahora podemos probar a variar la manera en que le pedimos que distinga el círculo de la otra forma. Por ejemplo, podemos decirle: "¡señala el círculo!", "¡dame el triángulo!", "¡coge el círculo!". Luego podemos introducir más formas (rectángulo, estrella...)

        Si realiza correctamente la actividad podemos variar la posición de las tarjetas. La manera correcta de hacer esta parte del ejercicio es pedirle que nos dé el rectángulo. Después de que nos lo dé, variamos la posición de los pictogramas y le volvemos a preguntar dónde está el rectángulo. Hacemos este proceso 3 veces con cada forma y luego procedemos a variar el orden y preguntar por formas al azar.
        Por último, es fundamental la generalización de los conocimientos adquiridos a la vida diaria. Por ejemplo, debemos de ayudar al niño a que identifique los colores de las cosas que ve por la calle. También podemos pedirle que nos traiga un plastidecor rojo, un objeto verde, una pieza de lego azul...
        Este procedimiento se puede utilizar también para enseñar al niño los colores, personas de la familia, animales, acciones...

        La soledad de una madre

        Buenos días os dejamos un artículo escrito por Cristina del Blog La princesa de las alas rosas. Un artículo precioso y que dice verdades como puños y que muchos sufrimos. Esperamos que os guste.




        Muchas veces las madres de niños con TEA hablamos de lo incomprendidas que nos sentimos,no solo por las administraciones o la sociedad en general,sino en la propia familia.Son muchas las veces que los abuelos,tios,primos,etc...no entienden por lo que estamos pasando,sobretodo cuando el diagnostico cae como una bomba que arrasa con todo.La niña o el niño se ve tan bien...un poco serio,sí...no habla,bueno ya hablará...juega solo,és normal ya que és pequeño...los padres no sabemos explicar bien el dolor que estamos sintiendo y la sociedad hoy dia no comprende que un dolor que no se puede explicar és un dolor INMENSO...que no pretende ser consolado muchas veces,ni siquiera és bueno que eso pase,porque el dolor muchas veces és lo que luego nos hará fuertes...és un dolor que pide a gritos ser comprendido,simplemente,acompañado y respetado...sin ser puesto en duda.
        Una de las cosas que nos pasa con los niños con TEA és que fisicamente no se aprecia el trastorno,no tienen rasgos caracteristicos,como pasa con el sindrome de down,por ejemplo o con otras discapacidades.Por eso nuestros hijos a simple vista no son "discapacitados" y por lo tanto,se espera de ellos lo mismo que de cualquier otro niño.Me explico.
        Si yo estoy en una cola del supermercado y mi hija de casi 5 años,que además aparenta más,se pone a dar saltitos a mi lado,chapurrear cosas imposibles de comprender o a poner los brazos como si fuera a volar sin importarle a quien le de o quien la mire...bueno,puede parecer una niña movida y ya empiezan las miradas,pero hasta ahí vale....pero si de repente empieza a cantar a voz en grito,a hacer coreografias extrañas en las que se agacha,intenta hacer la croqueta por el suelo y más cosas por el estilo...claro,si hace la croqueta la regaño y la intento controlar pero si dedica a hacer coreografias,a mi me hace tan feliz que en lugar de eso no haya decidido salir corriendo (que tambien suele hacerlo) y permanezca a mi lado aguantando la cola,que ni la regaño ni nada.Pero la gente ahí ya no la entienden...hay de todo,hay personas que miran curiosas a Natalia como pensando que niña más terremoto pero que graciosa y otras que se nota que la miran con desaprovación como diciendo para ellos que és una maleducado y yo la tipica madre que me gusta que mi hija llame la atención haciendo cosas raras y que la debo tener superconsentida.Raro és que a alguien se le pase por la cabeza que és la unica manera que tiene de saber aguantar una cola que no tiene capacidad de aguantar y que tras eso llevamos horas de aprendizaje,de prepararle secuencias para que lo entienda y de soportar chaparrones como gritos,lloros,pataletas y escenas muy desagradables antes de que ella entienda que debe esperar...aunque sea bailando,cantando o haciendo malabares...pero todo mientras no monte una rabieta de escandalo como nos ha pasado en mas de una ocasión...y las rabietas de un niño con TEA son muy dificiles de controlar,las familias lo sabemos bien.
        Yo he llegado a estar,solo por probarle unos zapatos que ella no queria probarse,tirada en el suelo con mi hija,sujetandole la cabeza para que no se diera cabezazos,evitando con la otra mano que no me arrancara la ropa a mi de la rabia que tenia y escuchando de fondo como un grupo de 6 o 7 personas me rodeaban y decian cosas así :"madre mia,la mala leche que tiene la niña""ufff,la que tiene liada la chiquilla...",etc....nadie se acercó a mi a tenderme una mano,solo un muchacho de unos 20 o 20 pocos años,que me puso una mano en el hombre y me preguntó si podia ayudarme a levantarla(nunca se me olvidará lo agradecida que me sentí en ese momento por aquel muchacho)pero de los nervios le dije que no y llorando la levanté como pude y me senté en un banco a esperar que llegara Santi.Cuando llegó él,yo estaba desolada y Natalia en brazos ya calmada,pero recuerdo que aquella tarde quise morirme.
        Pongo la mano en el fuego a que la mayoria de personas que vieron la escena pensaron que mi hija era una malcriada con una rabieta y yo una madre que no sabia como educar a su maleducada hija.
        No sé si me explico lo que quiero decir con todo esto...que en el fondo,aunque sé que Natalia és observada por muchas cosas que hace en publico,si la veo feliz,que rie,baila y demás...pues que no me importa lo que la gente piense,hace un tiempo pensaba que sería incapaz de ir a segun que sitios por ella,pero he descubierto que no,que ella és como és y si estamos en un restaurante comiendo y ella se levanta a coger patatas de la mesa de al lado con toda su cara,pues pido disculpas,si las aceptan bien y si alguien mira mal a mi hija,pues miro hacia otro lado,seguro si ella tuviera alguna caracteristica fisica que se hiciera ver que tiene una discapacidad,la gente se comportaria diferente ante la misma situación,pero como los niños con TEA son niños preciosos que no se les nota fisicamente su trastorno,debemos ir siempre dando explicaciones...hasta que llega un dia que los padres entendemos que hay veces que no hace falta y és mejor sonreir a nuestro hijo,mirar hacia otro lado y dejar que cada uno piense lo que quiera...sabemos que somos buenos padres y eso es lo que cuenta,lo que opinen los demás...a más de uno me gustaria ver en una situación parecida a las que vivimos nosotros.

        lunes, 26 de marzo de 2012

        GUÍA DE RECURSOS PARA PERSONAS DISCAPACITADAS Parte II


        Parte II

         Tarifa Familia Numerosa :

              REQUISITOS DE APLICACIÓN DE LA TARIFA FAMILIA NUMEROSA  (lo que 
         acuerda Aqualia):

        Para los clientes con familias numerosas de SIETE miembros o más en la unidad existe  la tarifa familia numerosa  
             De todas formas  Aqualia tienen una dirección de correo dónde poder dirigirse.    aqualiaalm@fcc.es
            NOTA:  a  fecha de hoy (27 de mayo de 2009) me ha llegado información de que aqualia tiene rebaja para las familias numerosas sin tener en cuenta la categoría (simplemente ser familia numerosa). Llevar a las oficina donde se solicita el libro de familia numerosa y el DNI del titular del recibo.

            2.-MOVILIDAD REDUCIDA

            Es un concepto difícil de entender y quizás sea el que más aclaración necesita. En este sentido la Subdirección General Técnica Tributaria señala que “con carácter general se entiende por persona con movilidad reducida toda persona cuya movilidad se encuentra limitada debido a una incapacidad física (sensorial o motriz), una deficiencia intelectual, edad o cualquier otra causa de discapacidad manifiesta para utilizar un medio de transporte y cuya situación requiera atención especial o adaptación de los servicios disponibles habitualmente a los pasajeros en general.”

            Resumiendo, se puede decir que una minusvalía es una discapacidad que imposibilita el común desarrollo de la vida diaria. Puede ser física o intelectual y movilidad reducida es la discapacidad que cuando se tiene se impide la capacidad de moverse naturalmente sin tener ayuda de medios técnicos (silla de ruedas, etc.) o físicos (otra persona).

            Toda movilidad reducida implica minusvalía, pero no toda minusvalía implica tener movilidad, por ejemplo a una persona que le falten 3 dedos tiene una minusvalía pero no movilidad reducida.

            Cuando se nos da el certificado de minusvalía es el mismo documento, se supone, que debe de ir indicada la movilidad reducida que se posee, es decir, cuando se pide el reconocimiento de minusvalía te dan por un lado el % de minusvalía y por otro la puntuación en el “baremo  para determinar la existencia de dificultades para utilizar los transportes colectivos”,quiero decir que es una resolución que concede el Centro Base donde consta el baremo de movilidad positivo  o bien como mínimo 7 puntos.

            Se suele conceder al solicitar la tarjeta de aparcamiento, es así una manera como que se concede automáticamente si se cumplen todos los requisitos, pero claro hay que pasar la valoración y para esto hay que solicitarlo y cuando nos citen acudir al Centro Base ya que es el Equipo de Valoración el encargado de evaluar para concederla o no. Y es la propia tarjeta de aparcamiento la que sirve a veces de justificante para demostrar que existe tal movilidad.

            A veces, necesitamos el certificado de movilidad reducida para otra ayuda que no sea necesariamente el aparcamiento (por ejemplo la compra de un coche) y como estoy en el supuesto de que en el certificado de minusvalía no conste se puede solicitar al Centro Base. Y como ya he dicho anteriormente al  solicitarla la primera vez, la persona discapacitada se tiene que someter a una valoración y la determina el equipo de valoración y orientación. La renovación va paralelo al certificado de minusvalía (van unidos, un certificado depende del otro), cuando se pasa la revisión de la discapacidad se pasa también el de  movilidad reducida, la tarjeta de aparcamiento (es decir, no tiene sentido que un discapacitado haya mejorado considerablemente y puede que ya no tenga necesidad de movilidad reducida).
          
            Voy a poner aquí parte del Anexo III del Real Decreto 1971/1999 de 23 de diciembre en lo referente a este tema:

            Baremo para determinar la existencia de dificultades para utilizar transportes colectivos

            A) Usuario o confinado en silla de ruedas................SI-NO

            B) Depende absolutamente de dos bastones para deambular............SI-NO

            C) Puede deambular, pero presenta conductas agresivas o molestas
            de difícil control, a causa de graves deficiencias intelectuales que
            dificultan la utilización de medios normalizados de transporte...............SI-NO

            Se considera la existencia de dificultades de movilidad siempre que el presunto beneficiario se encuentre en alguna de las situaciones descritas en los apartados A, B, C.

            Si el solicitante no se encuentra en ninguna de las situaciones anteriores, se aplicaran, los siguientes apartados D, E, F, G y H sumando las puntuaciones obtenidas en cada uno de ellos. Se considera la existencia de dificultades de movilidad siempre que el presunto beneficiario obtenga en estos apartados un mínimo de 7 puntos.

            Aunque a la mayoría no nos afecte porque casi todos estaríamos encuadrados en el apartado C (creo que a nuestros niños la valoración en caso de concederle la movilidad reducida sería positiva (SI)), quiero hacer referencia a los demás apartados (los puntos, 7 puntos si se la conceden):

            D)Deambular en terreno llano.

            E) Deambular en terreno con obstáculos.

            F) Subir o bajar tramos de escaleras.

            G) Sobrepasar un escalón de 40 cm.

            H) Sostenerse en pie en una plataforma de un medio normalizado de transporte.

            Dentro de los apartados anteriores se puntúan las preguntas siguientes: no tiene dificultad, limitación leve, limitación grave y limitación muy grave o no puede con 0, 1, 2 y 3 puntos respectivamente.
            El hecho de tener concedido el certificado de movilidad reducida hace que podamos acceder a una serie de ayudas:
            Tarjeta de aparcamiento,  IVA superreducido en la compra de coche, ayudas para la adecuación funcional de la vivienda (hasta el 29 de Mayo de 2009, es decir están en estos momentos para poder solicitarlas), etc. 

            3.-AYUDAS RELACIONADAS CON EL  COCHE
            
            
            APLICACIÓN DEL IVA SUPERREDUCIDO EN LA COMPRA DE UN COCHE

             (Importante para más información: ver la ley 6/2006 de 24 de Abril)

            A la hora de comprarnos un coche se aplica el 4 % del impuesto del valor añadido (IVA) y no el 16% , es decir, se aplica el tipo superreducido del IVA a todas las operaciones de entrega, adquisiciones intracomunitarias o importaciones, servicios de reparación o adaptación de vehículos para personas con movilidad reducida, con independencia de quien sea el conductor, siempre que sirva como medio de transporte habitual para personas minusválidas. (ver ley 6/2006 de 24 de abril de  modificación de la ley 37/1992 de 28 de diciembre del impuesto sobre el valor añadido (IVA), para la clasificación del concepto de vehículo destinado al transporte de personas con movilidad reducida contenido en la misma ley).

            ¡Ojo!, que no nos digan nadie que el coche tiene que estar adaptado como ha ocurrido y todavía pasa ( y es que conozco bastantes casos que se han quedado sin la ayuda porque en ningún organismo han sabido informarle y todos piensan que si tu familiar no está en silla de ruedas no te  van a dar nada y no es así.(  para más sobre esta  información ya actualizada ver  6/2006 de 24 de Abril)

            -Ayudas individuales para cambios en la vivienda (reforma, adaptación, etc. en este caso creo se tiene en cuenta los ingresos de la familiares).

            -La propia tarjeta de aparcamiento y todo lo que conlleva.

        ¡ OJO!: SI OS VAIS A C OMPRA UN COCHE Y SOLICITAIS QUE OS DEN EL IVA SUPERREDUCIDO PORQUE REUNIS TODOS LOS REQUISITOS EXIGIDOS  ASI COMO EXENCION DEL IMPUESTO DE MATRICULACION  HABREIS DE SOLICITARLO ANTES EN HACIENDA (cuidado con esto, si no no vale después).

            IMPUESTO DE MATRICULACION (Exención del impuesto)

             Tengo que decir al respecto que creo que algo ha cambiado ya que en los dos últimos años se tienen en cuenta para este impuesto las emisiones de los coches. De todas formas dejo esto aquí:
        ¿En qué consiste?
            Con carácter general y, según establece el artículo 65 de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, es un impuesto estatal que se exige a las personas que adquieren un vehículo a motor, nuevo o usado, para circular por vías y terrenos públicos. En concreto, este impuesto se paga por realizar la primera matriculación definitiva en España de tales vehículos.
        ¿Qué tipo de ayuda se otorga a las personas con discapacidad en relación con el pago de este impuesto?

            El artículo 65.1.a).6.º de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, exonera del pago del impuesto a los adquirentes de vehículos nuevos o usados provistos de motor de propulsión para personas con movilidad reducida.
            Por su parte, el artículo 66.1.d), establece la exención del impuesto en relación con los vehículos automóviles matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo, siempre que concurran los siguientes requisitos:
        1.Que hayan transcurrido al menos cuatro años desde la matriculación de otro vehículo en análogas condiciones, algo que no se exigirá en caso de siniestro total del vehículo antiguo, debidamente acreditado.
        2.Que no sean objeto de una transmisión posterior por actos “inter vivos” (venta del coche) durante el plazo de los cuatro años siguientes a la fecha de su matriculación.
        ¿Qué actuaciones previas requiere la concesión de la exención?
            La aplicación de esta exención estará condicionada a su previo reconocimiento por la Administración tributaria en la forma que se determine reglamentariamente y, así, habrá que presentar ante ella una declaración en el lugar, forma, plazo e impreso que determine el Ministro de Economía y Hacienda
            En particular, cuando se trate de vehículos automóviles matriculados a nombre de personas con minusvalía será necesaria la previa certificación de la minusvalía o de la invalidez por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO) o por las entidades gestoras competentes.
         ¿Qué procedimiento se sigue para la concesión de la exención?
            El procedimiento se regula en el Real Decreto 1165/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales y, concretamente, en los artículos 135 y siguientes. La matriculación definitiva del medio de transporte estará condicionada a la acreditación ante el órgano competente en materia de matriculación del referido reconocimiento previo de la Administración tributaria.
            Las personas o entidades a cuyo nombre se pretenda efectuar la primera matriculación definitiva del medio de transporte, presentarán, con anterioridad, ante la Delegación o Administración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondiente a su domicilio fiscal, un escrito, sujeto al modelo que determine el Ministro de Economía y Hacienda, solicitando la aplicación de tales supuestos. En dicho escrito se hará constar, como mínimo, el nombre, Número de Identificación Fiscal y domicilio fiscal del solicitante, la clase, marca y modelo del medio de transporte que se pretende matricular y el supuesto de no sujeción o de exención cuyo reconocimiento se solicita.
            Al escrito se acompañará copia de la ficha de inspección técnica del vehículo, o en el caso de embarcaciones o aeronaves, certificación de sus características técnicas, expedidas por el vendedor y, además, según los casos, la siguiente documentación: Cuando se trate de vehículos automóviles que se matriculen a nombre de minusválidos para su uso exclusivo, el certificado de la minusvalía o de la invalidez emitido por el Instituto Nacional de Servicios Sociales o por las entidades gestoras competentes.
            Por la propia Administración tributaria se verificará, como requisito para el reconocimiento de la exención, que han transcurrido al menos cuatro años desde la matriculación de otro vehículo en análogas condiciones a efectos de la aplicación del tipo normal del Impuesto sobre el Valor Añadido o del disfrute de la exención en el Impuesto Especial sobre determinados Medios de Transporte. Los órganos gestores podrán requerir la presentación de cualquier otra documentación que deba obrar en poder del solicitante en razón de la no sujeción o exención cuya aplicación solicita, así como efectuar comprobaciones de los vehículos para constatar la adecuación de los mismos a su destino o finalidad.
              
            TARJETA DE APARCAMIENTO

            El otro día algunas madres de la Asociación me comentaron como que sus hijos no tenían derecho a la tarjeta de aparcamiento para minusválidos por no tener problemas de movilidad. Error.
              Voy a explicar cómo se solicita:

            Hay que recoger la solicitud  en la Delegación de Igualdad  y Bienestar Social o en los Centros de valoración y orientación (Centro Base (Bola Azul)) o a través de internet por vía telemática en la oficina virtual de la pagina web de la Consejería de Igualdad y Bienestar Social, pero este último hay que tener certificado digital (otro día explicaré este proceso). Bueno en resumidas cuentas acercaros a la Bola Azul y pedirlo allí. Explico un poco el tema como va:  En la orden de 18 de enero de 2002 dice que podrán obtenerla las personas que tengan reconocida la condición de discapacidad y además presenten graves problemas de movilidad que sean residentes en Andalucía y  que reúnan los siguientes requisitos:

            -Tener reconocido el grado de minusvalía igual o superior al 33% (creo que todos lo tenemos)

            -Tener graves dificultades a causa de su discapacidad para utilizar transportes colectivos cuya determinación se fijara mediante la aplicación que figura como Anexo 3 en el Real Decreto 1971/1999 de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.

            -No estar imposibilitadas por razón de su estado de salud u otras circunstancias para efectuar desplazamientos fuera de su domicilio habitual.

            El Anexo 3 del Real Decreto al que antes he hecho referencia dice, resumiendo, que se considerará la existencia de dificultades de movilidad siempre que el presunto beneficiario (persona autista en nuestro caso) se encuentre en algunas de las situaciones anteriores descritas A, B,C. Expongo la situación C que es la que nos interesa que dice textualmente: "pueden deambular pero presentan conductas agresivas o molestas de difícil control a causa de graves deficiencias intelectuales que dificultan la utilización de medios normalizados de transporte". (no quiere esto decir que nuestros hijos sean así, ellos son muy sensibles a los cambios, incluso de coche, muchas veces si no es su vehículo se han negado a entrar , a los ruidos, a la espera,...)
            Igualmente, se considerará como medio de prueba suficiente del hecho de la movilidad reducida el ser titular, la persona para cuyo uso se adquiere o adapta el vehículo, de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad emitidas por las Corporaciones Locales ajustadas al modelo europeo y válidas en todo el territorio nacional, según la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 19/2001 de 19 de Diciembre de reforma del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 de Marzo. En estos supuestos, en el expediente de concesión deberá figurar copia auténtica de dicha tarjeta.

            Cuando la tarjeta de estacionamiento se conceda por la Corporación local a una persona jurídica (asociación o fundación de atención a personas con discapacidad , o a una empresa en relación con sus empleados con discapacidad) se le dará el mismo tratamiento que si fuera una persona física.

            También el tener la movilidad reducida (poseer la tarjeta de aparcamiento) implica una serie de ventajas  incluso sin limite de horario cuando se usa el coche:
            -NO pagar en zona azul (parquímetros)
            -Poder aparcar en zona reservada para minusválidos
            -Poder aparcar en zona de cargas y descarga, en pasos de peatones e incluso en doble fila.
            -Los vados pueden ser gratis y se puede reservar aparcamiento en la calle donde viva la persona que tenga la movilidad reducida. Cuando esté debidamente acreditado todo lo que estoy narrando.
            ¡OJO! Todo esto que he dicho anteriormente dependen de los ayuntamientos. Consultar en el que nos corresponda.
            En algunas ciudades como Huesca, Las Palmas de Gran Canaria y León les está permitido parar en la vía pública siempre que no sea parada de autobús, no dificulten la visibilidad, no se obstruya el paso de peatones y dejen paso libre a los demás vehículos.
            Con todo esto quiero decir que deberíamos de informarnos en nuestro ayuntamiento para ver que beneficios se tiene con la tarjeta de movilidad reducida.
            Estas condiciones de utilización son tanto para los minusválidos residentes como visitantes. Las condiciones de uso que se aplican son las del municipio donde vaya a aparcar, no las de la localidad de residencia del minusválido. Por tanto, si vamos a desplazarnos a otras localidades, tenemos que tener en cuenta estas condiciones de uso según la ciudad.
            Recordar que: para más detalles de la expedición de la tarjeta y su uso, consultar con nuestro ayuntamiento.

            Decir por último que lo que no está bien es que mucha gente que tiene un familiar discapacitado  utiliza su tarjeta para aparcar no estando en el coche en ese momento  la persona que lo necesita.
            
            IMPUESTO DE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA (lo que llamamos impuesto municipal del coche).
            Dicho impuesto podemos no pagarlo (estar exentos) si se reúnen una serie de requisitos. Para ello nos ceñimos a lo que dice la ley de Haciendas Locales aprobada por Real Decreto Ley 2/2004 de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la ley reguladora de las Haciendas Locales. Se establece en su artículo 93 que estarán exentos del pago de impuesto sobre vehículos de tracción mecánica los vehículos para personas con movilidad reducida y los vehículos matriculados a nombre de minusválidos para sus uso exclusivo. Esta exención se aplicará en tanto se mantengan dichas circunstancias tanto en los conducidos por personas con discapacidad como los destinados a sus transporte.

             Los vehículos para personas con movilidad reducida a que se refiere el apartado A del anexo III del Reglamento General de vehículos aprobada por el Real Decreto 2822/1998 de 23 de diciembre.

             En resumen, tienen derecho a la exención si:
             -Tienen un grado de minusvalía igual o superior al 33%,
             -El vehículo debe figurar a nombre del discapacitado.
             -Debe ser para uso exclusivo del discapacitado.
             -El beneficiario no debe de gozar del beneficio fiscal por otro vehículo.

             En todo caso hay que presentar la correspondiente solicitud.

             La tramitación se inicia a instancia del obligado al tributo (es decir la persona interesada) mediante la presentación en el Registro General del Ayuntamiento de la solicitud a rellenar.
        Una vez tramitada, el Ayuntamiento notificará al interesado en su domicilio la resolución de la solicitud (concediendo o denegando). También constará el periodo de validez de la exención.
        En el Ayuntamiento de Almería, debemos de presentar una solicitud. Nos podemos meter en la web y pinchar el formulario “exencion ivtm para minusválidos”.

             Me he permitido colgar aquí directamente lo que dice el Ayuntamiento de Almería al respecto, aunque sea volver a repetir lo anterior:

             Exención para los Vehículos de Minusválidos en el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica

            Descripción

            El acuerdo se adoptará siempre a instancia de parte, de forma que si la liquidación ha adquirido firmeza, la solicitud surtirá efectos, en su caso, en el período impositivo siguiente.

            Importe del beneficio tributario: exención total.

            Destinatarios:

            Los vehículos para personas de movilidad reducida a que se refiere la letra A del anexo II del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre. (Personas con movilidad reducida que sean titulares de vehículos cuya tara no sea superior a 350 kilos y que por construcción, no puedan alcanzar una velocidad superior a 45 km/h).

            Los vehículos matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo. Esta exención se aplicará en tanto se mantengan dichas circunstancias, tanto a los vehículos conducidos por personas con discapacidad como a los destinados a su transporte. Se considerara que existe uso exclusivo solo cuando el vehículo circule en todo momento con la persona titular a bordo sea como conductor o como pasajero, según los casos

            Las exenciones previstas en los dos párrafos anteriores no resultarán aplicables a los sujetos pasivos beneficiarios de las mismas por más de un vehículo simultáneamente.

            A efectos de lo dispuesto en esta letra, se considerarán personas con minusvalía quienes tengan esta condición legal en grado igual o superior al 33 por 100.

            Tramitación Se inicia a instancia del obligado tributario mediante la presentación en el Registro General del Ayuntamiento, de la solicitud adjunta

            En caso de que la solicitud se refiera a un vehículo sin matricular, este Excmo. Ayuntamiento expedirá una autoliquidación a 0 euros, que permita la matriculación del vehículo sin el previo pago del impuesto, tras lo cual el interesado deberá aportar ante las precitadas dependencias copia del permiso de circulación y copia de la ficha técnica del vehículo en la que conste la inscripción de la matrícula; el plazo para la presentación de ambos documentos es de 15 días desde la expedición del permiso de circulación.

            Una vez tramitada la exención, el Ayuntamiento notificará al interesado en su domicilio la resolución de la solicitud (concediendo o denegando la solicitud). En dicha resolución constara el periodo de validez de la exención.

            Unidad Tramitadora

            Gestión de Ingresos – Concejalía de Hacienda

            Lugar de solicitud

            Puede imprimir y rellenar el formulario adjunto y presentarlo ante el Registro General del Exmo. Ayuntamiento de Almería o en cualquiera de los registros de las oficinas periféricas de gestión descentralizada del Ayuntamiento (véase ubicación de las mismas en archivo “directorio de organismos relacionados con los tributos” adjunto).

            También puede presentar su solicitud en cualquiera de los lugares admitidos en el articulo 38-4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE 27 Noviembre)

            Documentación necesaria

            - Solicitud, según formulario adjunto .

            - Fotocopia del DNI o NIF del solicitante.

            - Copia del permiso de circulación.

            - Certificado o copia compulsada de la condición de minusválido expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma Andaluza en el que conste su fecha de vencimiento o su carácter permanente.

            - Declaración responsable de que el titular no es propietario de otro vehículo que esté bonificado y que el citado vehículo se destina al uso exclusivo o transporte del titular.

            Normativa legal  (VER)

            - Regulado por el articulo 93.1.e) del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales y por la ordenanza fiscal número 4 del Excmo. Ayuntamiento de Almería (BOP 7/12/2004)

            Impresos / Documentación
          
            Formulario Exención IVTM Minusválidos.pdf
            Para solicitarlo en el Ayuntamiento de Berja rellenar una instancia pidiendo la exención. Presentar todos los requisitos que piden y que están anteriormente señalados.
            NOTA:
            Conviene recordar que, con carácter genral, el efecto de la concesión de exenciones comienza a partir del ejercicio siguiente a la fecha de la solicitud, de manera que debería pagar también el impuesto correspondiente a este año, beneficiándose de la exención ya a partir del año siguiente.
            No obstante lo anterior, se entiende que el solicitante de la exención estará legitimado para exigir la devolución de las cantidades satisfechas durante los años anteriores si, durante los mismos, hubiera reunido los requisitos necesarios para ello. Así, en el Articulo 93 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el texto  Refundido de  la Ley de Haciendas Locales, se establece que la exención se aplicará en tanto se mantenga la situación de discapacidad, por lo que habrá de entenderse que, desde el momento en que se reconoce la condición de discapacitado, se tiene derecho a la exención.
            Si, por desconocimiento de la existencia de esta prestación  o de otras, no está el vehiculo al nombre de la persona discapacitada, podéis cambiarlo de nombre en cualquier momento, para eso tendréis que pasaros por  Delegación Provincial de Hacienda pero de la Junta de Andalucía (no confundirse). Vosotros sois los que tenéis que ver si os compensa, ya que cambiarlo de titular cuesta (hace como unos cuatro años nos suponía a nosotros unos 200 euros, y el recibo del Ayuntamiento unos 100 euros todos los años, tenéis que consultar, allí mismo os lo dicen, las características del coche).

            4.-PRESTACION POR HIJO MENOR A CARGO
            Es lo  que siempre o al menos en esta zona las personas llaman  ¿los puntos?, aprovecho para explicar este tipo de ayudas que aunque parezca que sí, algunas personas afectadas no la conocen.

            Los puntos es lo que la mayoría de la gente llaman a las prestaciones familiares por hijo o menor a cargo. Eran lo que antiguamente le daban a las familias con menos ingresos y que todos llamaban “el subsidio”. Es que no se si ahí en Almería le dicen esto pero aquí estoy bastante acostumbrada a que los padres lo llamen de este modo.

            Esta ayuda la podemos definir como la asignación económica que se entrega para cubrir una necesidad o un exceso de gastos por los que pasan algunas familias cuando tienen hijos con discapacidad menores o mayores de 18 años o menores acogidos a cargo. El hijo ha de tener una discapacidad mayor o igual al 33% si es menor de 18 años y si es mayor de 18 años una discapacidad mayor o igual al 65% y necesita la ayuda para realizar los actos esenciales de la vida.
        ¿Quienes tienen derecho? Los progenitores que residan legalmente en España, tanto si son españoles como extranjeros y que no reciban otras prestaciones de la misma naturaleza.

            La asignación para el 2007 fue de 581,66 Euros al año por hijo (48,47 euros al mes) pagada en dos plazos.

            Hace meses (sobre febrero del 2008) a las familias que estábamos cobrando esta ayuda se nos notificó por carta que la asignación para el 2008 pasaba a 1000 euros anuales pagados en dos plazos (enero y julio) 

            ¿Dónde se solicita?: en el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) de la localidad donde resida la familia acompañado de la documentación necesaria.

            Se paga o en ventanilla, el banco  o por ingreso en cuenta corriente o cartilla ( así lo tengo yo y es lo más cómodo).

            Como todas las ayudas también dejan de percibirse por una serie de causas como puede ser por muerte del hijo, desaparición de la discapacidad, cambios en los requisitos, etc, etc,

            Por último repetir, resumiendo para que quede claro, es que se pueden dar dos situaciones diferentes para recibir la ayuda y también se van a exigir requisitos distintos:

            -Para poder recibir la asignación económica por hijo menor de 18 años (sin discapacidad se supone) va a ser necesario no superar unos ingresos.

            -Para poder recibirla por hijo discapacitado solamente es necesario acreditar el grado de discapacidad (quiere esto decir que da igual los ingresos, no hay límite).  
            NOTA IMPORTANTE:

            Debido a que muchos padres han estado esperando a tener en sus manos el papel donde se le reconoce la minusvalía, pues para que ninguno se equivoque:
            Si muchos de vosotros estáis pensando en solicitar el certificado de minusvalía uno de estos días, pues, veréis cuando lo solicitéis no tenéis que esperar a que os lo concedan para pedir la prestación por hijo a cargo (los 1000 euros anuales). Os vais al INSS y como dice en los papeles que tenéis que rellenar, que os los dejo aquí:

            http://www.seg-social.es/stpri00/gr...nario/41083.pdf

            Imaginaros que tardan varios meses, pues si solicitáis la prestación por hijo a cargo (HIJO MINUSVALIDO) en ese momento dividir 1000 por doce para saber lo que os corresponde todos los meses y si tardan cuatro pues son más o menos 83 euros al mes,  pues os corresponderían 332 euros.
        ¡Ah! que si os dan el certificado de minusvalía la prestación por hijo a cargo os la van a dar siempre ya que no se tienen en cuenta los ingresos familiares.
            En el apartado  9 (siguiente) se explica bien claro:
        “Sólo si se encuentra en alguna de estas situaciones:

        9.En el supuesto de hijos con discapacidad o en trámite de reconocimiento: titulo de minusvalía expedido por el IMSERSO u organismo competente de la Comunidad Autónoma o justificante de haberlo solicitado”. 
            Recordar que:

         Hijos o menores acogidos menores de 18 años con una discapacidad igual o superior al 33%

        1000,00 euros anuales por hijo (250,00 euros trimestrales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de un discapacitado.

        LOS HIJOS CRECEN, aquí están recogidas las prestaciones (vamos a llamarlas las pensiones)  para mayores:

             Hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 65%

        4.035,96 euros anuales por hijo (336,33 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de un discapacitado.

             Hijos mayores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 75% ...

        Hijos con 18 o más años afectados por una discapacidad en grado igual o superior al 75% y que, como consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesiten el concurso de otra persona para realizar los actos vitales más elementales como vestirse, desplazarse, comer o análogos:
        6.054,00 euros anuales por hijo (504,50 euros mensuales). No se exige en estos casos límite de recursos económicos al tratarse de un discapacitado.

           

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